sábado 27 de junio de 2009

La lista de ELLOS II

Estos son los resultados de la encuesta pasada por los tutores en el aula.
Se les preguntó si habían leído al menos un libro en los últimos 12 meses y si era así que escribieran el titulo del libro que en ese año les había gustado.


La encuesta se realizó a 405 alumnos de E.S.O , desde 1º a 4º.

1º ESO : alumnos encuestados, 127

El 97% sí había leído, el 3% no

Libros elegidos

La venganza de Don Mendo un 20%

Estás en la luna un 12 %

El camino un 12%

Crepúsculo un 10%

El niño con el pijama de rayas un 6%

La mansión de los abismos un 4%


Después queda el 35% deshilachado en un sinfín de títulos.

2º ESO : alumnos encuestados 88

El 95% sí leyó, el 5% no

Libros elegidos

Crepúsculo un 32%

Memorias de Idhún un 7%

El perfume un 5%

El resto el 56% queda diluido entre muchos autores y títulos.

3º ESO : alumnos encuestados 92

El 79 % leyó, el 21% no

Libros elegidos

Crepúsculo un 25%

La escuadra del portero 8,6%

Lazarillo 3%

A tres metros sobre el cielo 2%

El niño con el pijama de rayas 2%

El resto, un 60% es variadísimo.

4º ESO: alumnos encuestados 98

El 83% leen, el 17 % no

Libros elegidos

A tres metros sobre el cielo un 15 %

Crepúsculo un 12 %

Julieta sin Romeo 8%

Eragon 5%

Nunca seré tu héroe 8,5%

La tía Tula 7%

El resto también queda muy difuminado

En total en la ESO se declaran lectores el 89% y no el 11%
La obra más leída en toda la etapa es Crepúsculo con un 20 %
Otra obra que se repite es El niño con el pijama de rayas en un 4%, A tres metros sobre el cielo en su computo final llega a un 3%, también Nunca seré tu héroe aparece con un 2% a la par que Memorias de Irhún.

En la encuesta que realicé hace dos años, en el 2007, en todas las etapas arrasó Memorias de Irhún y Harry Potter, quedando en muy buen lugar un libro que recomendamos desde el cole que era Donde surgen las sombras; en esta ocasión la saga de Harry Potter apenas aparece y Memorias de Irhún se mantiene levemente, la que arrasa sin contemplaciones es la saga de Crepúsculo.
En el 2007 recogí 119 títulos de los cuales solo se repiten 32 y se añaden 7. En el 2007 sólo había 6 alumnos en la etapa que habían leído Crepúsculo. Cada uno que saque sus conclusiones.




viernes 22 de mayo de 2009

Final de curso

Este año terminamos así...


Y el que viene, me parece que lo empezaremos así...con el ordenador de Zapatero.




domingo 17 de mayo de 2009

Murió Benedetti

Hagamos un trato

Compañera
usted sabe
puede contar
conmigo
no hasta dos
o hasta diez
sino contar
conmigo

si alguna vez
advierte
que la miro a los ojos
y una veta de amor
reconoce en los míos
no alerte sus fusiles
ni piense qué delirio
a pesar de la veta
o tal vez porque existe
usted puede contar
conmigo

si otras veces
me encuentra
huraño sin motivo
no piense qué flojera
igual puede contar
conmigo
pero hagamos un trato
yo quisiera contar
con usted
es tan lindo
saber que usted existe
uno se siente vivo
y cuando digo esto
quiero decir contar
aunque sea hasta dos
aunque sea hasta cinco
no ya para que acuda
presurosa en mi auxilio
sino para saber
a ciencia cierta
que usted sabe que puede
contar conmigo.

lunes 4 de mayo de 2009

Fracaso escolar en la ESO

No es la escuela.

- Es el abandono del esfuerzo y la conformidad en los "mínimos".
- Son las muchas horas que pasan los padres fuera de casa.
- Es el sentido de individualidad de los padres y madres frente al sacrificio familiar.
- Es que los padres se han llegado a creer que el colegio o instituto les sustituye.
- Es el poco control con el uso que hacen los "hijos de internet".

No es la escuela
- Es la poca eficacia de las políticas de conciliación entre la vida laboral y la familiar.
- Son los falsos programas de integración.
- Es el exceso de ayuda a los perezosos que genera más perezosos.
- Es el escaso estimulo al que rinde bien.

No es la escuela
- Es la falta de políticas de Estado para la Educación.
- Es el exagerado apoyo al menor agresor frente a las víctimas (compañeros y profesores).
- Es la falta de reconocimiento desde todos los sectores al profesor.
- Es el no contar con apoyos económicos fuertes.

Ya sabemos lo que viene ahora.
Si no puedes encestar...baja la canasta.
No soy políticamente correcta.

domingo 26 de abril de 2009

Y ahora... la protección de datos

Sigo con la dinámica de colgar cosas que me interesan. No me entretiene mucho y creo que le puede interesar a alguien.

http://www.iurismatica.com/blog/author/admin/

Posted by Jorge Campanillas Ciaurriz
Marzo 4, 2008
La página web de la Agencia Española de Protección de Datos publica un Documento de Trabajo (1/08) sobre la protección de datos personales de los niños (directrices generales y el caso especial de los colegios) realizado por el Grupo de Trabajo del artículo 29 de la Directiva 95/46/CE.
III – En el colegio
En la siguiente sección, el dictamen ilustrará cómo los principios fundamentales recordados anteriormente pueden especificarse en relación con el contexto escolar. De hecho, la vida de un menor se desarrolla tanto en el colegio como en el seno de la familia, por lo que es natural que surjan varias cuestiones de protección de datos en relación con la vida escolar de los niños. Se trata de cuestiones de naturaleza muy diversa y plantean, en consecuencia, diferentes problemas.
1) – Ficheros de alumnos
a) Información
Pueden plantearse cuestiones de protección de datos relativas a los niños (y, en ocasiones, a sus familias) en relación con los ficheros de alumnos desde el momento de su matriculación en el colegio. De hecho, existen países en que la legislación permite a las autoridades escolares exigir formularios, que contienen datos personales, y que deben rellenarse para la creación de ficheros de alumnos, computerizados o de otro tipo.
En dichos formularios, debe informarse a los interesados de que sus datos personales se recabarán, se tratarán y para qué fin, quién es el responsable del tratamiento y cómo pueden ejercerse los derechos de acceso y rectificación. También deberán estar informados, cuando proceda, de a quién podrán divulgarse sus datos.
b) Proporcionalidad
Los datos exigidos no deberán ser excesivos: por ejemplo, los datos sobre los títulos académicos de los progenitores, su profesión o su situación laboral no son siempre necesarios. Los responsables del tratamiento deberán considerar si son realmente necesarios. Debe tenerse especial cuidado, ya que esta información puede ser causa de discriminación.
c) No discriminación
Posiblemente, algunos de los datos incluidos en estos formularios pueden causar discriminación, por ejemplo, los datos relativos a la raza, estado de inmigrante o el hecho de padecer determinadas discapacidades.
Normalmente, esta información se recaba para asegurarse de que el colegio es consciente y presta la atención necesaria a los alumnos con dificultades culturales (por ejemplo, lingüísticas) o económicas.
Los principios del interés superior y el objetivo del principio de limitación deberían ser los criterios en el tratamiento de dicha información.
Por ello, debe aplicarse una perspectiva muy estricta en lo que respecta al registro de la religión de los alumnos; esto sólo puede aceptarse cuando lo justifican la naturaleza (colegio religioso) y fines administrativos y únicamente en la medida estrictamente necesaria. No deben extraerse deducciones superfluas sobre la religión del alumno cuando los datos sean necesarios únicamente para fines administrativos (por ejemplo, al seguir una clase de religión o al indicar una preferencia en la comida).
La información sobre la riqueza e ingresos la familia de un niño también puede ser una fuente de discriminación, pero puede tratarse en el interés superior del niño, por ejemplo, si los representantes solicitan becas o reducciones de los gastos escolares.
Todos los datos que puedan desembocar en discriminación deben protegerse mediante medidas de seguridad adecuadas, como el tratamiento en ficheros independientes, por personal designado y cualificado, con sujeción al secreto profesional, y otras medidas adecuadas.
El consentimiento al tratamiento de todos los datos que puedan causar discriminación deberá ser claro e inequívoco.
d) Principio de finalidad
d.1) Comunicación de los datos
Existen casos en que las autoridades escolares proporcionan los nombres y direcciones de sus alumnos a terceros, con frecuencia para fines de prospección.
Esto ocurre, por ejemplo, cuando se envían datos a bancos o compañías de seguros que desean atraer como clientes a los alumnos, o cuando los datos de los estudiantes se comunican a los representantes electos locales. Esto constituye un incumplimiento del principio de finalidad, ya que los datos para los objetivos del colegio se utilizan para fines incompatibles.
De conformidad con el artículo 6 1) b) de la Directiva 95/46, los datos de los niños no pueden utilizarse para fines incompatibles con el fin determinado cuando fueron recabados.
Aquí la cuestión no es el problema de que los niños sean destinatarios de fines de prospección, se trata de un problema de protección del consumidor. Lo que se plantea es la recolección de datos personales para enviar a los interesados posteriormente mensajes de prospección. Dicho tratamiento estará siempre sujeto al consentimiento previo de los representantes (y de los niños, en función de su madurez).
En cualquier caso en que una operación de prospección se haya considerado legítima y compatible, dicho tratamiento deberá realizarse siempre de la manera menos intrusiva posible.
d.2) Acceso a los datos
Los datos incluidos en el fichero del alumno deberán estar sujetos a la más rigurosa confidencialidad, de conformidad con el principio general de la Directiva 95/46/CE, artículo 16.
El tratamiento de datos de naturaleza especial deberá estar sujeto a requisitos de seguridad especiales.
Los siguientes son ejemplos de dicho tipo de datos:
- Procedimientos disciplinarios
- Constancia de casos de violencia
- Tratamientos médicos en el colegio
- Orientación escolar
- Educación especial de personas discapacitadas
- Ayudas sociales a alumnos pobres
Deberá proporcionarse acceso a los datos a los representantes de los alumnos (y a los propios alumnos, si ya son maduros). Dicho acceso deberá estar estrictamente regulado
y limitado a las autoridades escolares, inspectores de colegios, personal sanitario y cuerpos y fuerzas de seguridad.
d.3) Resultados escolares
Los diferentes países tienen diferentes tradiciones en cuanto a la publicación de los resultados escolares. Existen países con una tradición muy establecida de publicación de los resultados.
El objetivo de este sistema es permitir la comparación de los resultados y facilitar las posibles quejas o recursos.
En otros países, incluso los resultados están sujetos a la norma general de confidencialidad aplicable a los datos del fichero del alumno. En estos casos, los resultados pueden divulgarse a los representantes de los alumnos que ejerzan su derecho de acceso.
En cualquier caso, los resultados escolares deberían publicarse únicamente cuando sea necesario, y sólo después de informar a los alumnos y sus representantes del objetivo de la publicación y de su derecho de oposición.
Supone un problema especial la publicación de los resultados escolares por internet, que es un método cómodo de comunicarlos a las personas interesadas. Los riesgos inherentes a este modo de comunicación exigen que el acceso a los datos sólo sea posible con salvaguardias especiales. Esto puede lograrse utilizando un sitio web seguro o contraseñas personales asignadas a los representantes o, cuando ya sean maduros, a los niños.
Las modalidades del derecho de acceso serán diferentes, en función del grado de madurez del niño. Es probable que, en la escuela primaria, el acceso sea ejercido fundamentalmente por los representantes, mientras que en la escuela secundaria los alumnos del colegio también puedan acceder a los datos ellos mismos.
d.4) Conservación y eliminación
El principio general por el que los datos no deben conservarse durante más tiempo del necesario para el fin para el que fueron recabados también es aplicable a este contexto. Por consiguiente, debe estudiarse con cuidado qué datos de los ficheros escolares deben mantenerse, ya sea por motivos educativos o profesionales, y cuáles deben eliminarse, por ejemplo, los relativos a procedimientos disciplinarios y sanciones.
2) – Vida escolar
Surgen cuestiones de protección de datos en relación con la vida escolar diaria en las siguientes áreas.
a) Datos biométricos – acceso al colegio y comedor
A lo largo de los años, se ha producido un incremento en el control del acceso a los colegios por razones de seguridad obvias. Este control de acceso implica la recopilación, en la entrada, de datos biométricos, como huellas dactilares, iris o contornos de la mano. En determinadas situaciones, estas medidas pueden ser desproporcionadas para el objetivo, creando un efecto demasiado intrusivo.
En cualquier caso, el principio de proporcionalidad debe aplicarse también al uso de estos medios biométricos.
Se recomienda encarecidamente que los representantes legales tengan a disposición un medio sencillo para oponerse al uso de los datos biométricos de sus hijos. Si ejercen su derecho de oposición, deberá darse a los hijos una tarjeta u otro medio para acceder a las instalaciones escolares en cuestión.
b) Circuito cerrado de televisión (CCTV)
Existe una tendencia creciente a usar CCTV en los colegios por motivos de seguridad. No existe una solución válida recomendada para todos los aspectos de la vida escolar y para todas las zonas de los colegios.
La capacidad del CCTV para afectar a las libertades personales supone que su instalación en los colegios exige un cuidado especial. Esto supone que sólo debería instalarse cuando sea necesario y si no está disponible otro medio menos intrusivo de lograr el mismo objetivo. La decisión de instalar un CCTV deberá estar precedida de un debate exhaustivo entre los profesores, los progenitores y los representantes de los alumnos, teniendo en cuenta los objetivos indicados para la instalación y la adecuación de los sistemas propuestos.
Existen lugares donde la seguridad es de la mayor importancia, por lo que puede justificarse más fácilmente la instalación de CCTV, por ejemplo, en las entradas y salidas de los colegios, así como otros lugares donde circulan las personas (no sólo la población del colegio, sino también personas que visitas las instalaciones escolares por el motivo que sea).
La elección de la ubicación de las cámaras de CCTV deberá ser siempre pertinente, adecuada y no excesiva en relación con el objeto del tratamiento. Por ejemplo, en algunos países, el uso de cámaras de CCTV fuera del horario escolar se consideró adecuado en relación con los principios de protección de datos.
Por otro lado, en la mayoría de las demás partes del colegio, el derecho a la intimidad de los alumnos (así como el de los profesores y otros trabajadores del colegio) y la libertad esencial a la enseñanza, prevalecen sobre la necesidad de vigilancia por CCTV permanente.
Éste es especialmente el caso en las aulas, donde la vigilancia por video puede interferir no sólo en la libertad de los alumnos de aprender y expresarse, sino también en la libertad de enseñar. Lo mismo se aplica a las zonas de ocio, gimnasios y vestuarios, donde la vigilancia puede interferir con el derecho a la intimidad.
Estas observaciones también se basan en el derecho al desarrollo de la personalidad, que poseen todos los niños. De hecho, la concepción en desarrollo de su propia libertad puede verse comprometida si asumen desde una edad temprana que es normal estar vigilado por CCTV. Esto es aún más cierto si se utilizan webcams o dispositivos similares para la vigilancia remota de los niños durante sus horas de colegio.
En cualquier caso en que esté justificado el uso de CCTV, los niños, el resto de la población del colegio y los representantes deberán estar informados de la existencia de la vigilancia, del responsable del tratamiento y de sus objetivos. La información dirigida a los niños deberá ser adecuada a su nivel de entendimiento.
Las autoridades escolares deberán revisar regularmente la justificación y la pertinencia del sistema de CCTV para decidir si debe mantenerse o no. Los representantes de los niños deberán estar informados en consecuencia.
c) Condiciones de salud
Los datos sobre la condición de salud de los niños son datos sensibles. Por este motivo, su tratamiento deberá adherirse estrictamente a los principios del artículo 8 de la Directiva. Dichos datos sólo deberán tratarlos médicos, o aquéllos que “cuiden” directamente a los alumnos, como profesores y otro personal del colegio sujetos a la ética del secreto profesional.
El tratamiento de datos de este tipo depende o bien del consentimiento de los representantes de los niños o de los intereses vitales relacionados con el colegio o con la vida educativa.
d) Sitios web de los colegios
Un número creciente de colegios crean sitios web dirigidos a los alumnos/estudiantes y sus familias, y dichos sitios web se convierten en la herramienta principal para las comunicaciones externas. Los colegios deben ser conscientes de que divulgar información personal justifica un cumplimiento más riguroso de los principios fundamentales de protección de datos, en concreto, la proporcionalidad y minimización de los datos; adicionalmente, se recomienda la puesta en marcha de mecanismos de acceso restringido con vistas a proteger la información personal en cuestión (es decir, conexión con nombre de usuario y contraseña).
e) Fotos de los niños
Con frecuencia, los colegios están tentados de publicar (en la prensa o en internet) fotos de sus alumnos. Debe prestarse especial atención a la publicación por parte de los colegios de fotos de sus alumnos en internet. Siempre debe hacerse una evaluación del tipo de foto, la pertinencia de su publicación y su objetivo. Los niños y sus representantes deben ser conscientes de su publicación y deberá obtenerse el consentimiento previo del representante (o del niño, si ya es maduro).
Pueden aceptarse excepciones en el caso de fotos colectivas, a saber, de acontecimientos escolares si, por su naturaleza, no permiten una identificación fácil de los alumnos.
f) Tarjetas de alumno
Para el control de acceso y vigilancia de las compras: Muchos colegios están utilizando tarjetas de alumnos no sólo para controlar el acceso al colegio, sino también para vigilar las compras realizadas por los alumnos. Es cuestionable si el segundo objetivo es totalmente compatible con la intimidad del niño, en especial después de cierta edad.
En cualquier caso, las dos funciones deberían ser independientes, ya que la segunda puede plantear problemas de intimidad.
Para la localización de alumnos: Otro medio de control utilizado en algunos colegios (con tarjeta o sin ella) es la localización de alumnos mediante etiquetas RFID. En este caso, la pertinencia de este sistema deberá estar justificada en relación con los riesgos específicos en cuestión, en especial cuando hay métodos de control alternativos disponibles.
g) Videoteléfonos en los colegios
Los colegios pueden desempeñar un papel fundamental en el establecimiento de precauciones para el uso de MMS, grabación de audio y vídeo cuando se trata de datos personales relativos a terceros sin el conocimiento de los interesados. Los colegios deberían advertir a los estudiantes de que la circulación no limitada de grabaciones de vídeo, grabaciones de audio y fotografías digitales puede causar infracciones graves del derecho a la intimidad de los interesados y la protección de datos personales.
3) – Estadísticas escolares y otros estudios
En la mayoría de los casos, no son necesarios datos personales para la obtención de estadísticas (no obstante, puede ocurrir en casos excepcionales, por ejemplo, cuando se elaboran estadísticas sobre integración profesional).
De conformidad con el artículo 6 e) de la Directiva, los resultados estadísticos no deben dar lugar a la identificación de los interesados, ya sea directa o indirecta.
Con frecuencia, se llevan a cabo estudios que utilizan datos personales sobre alumnos, obtenidos a partir de cuestionarios más o menos detallados. La recopilación de estos datos debe estar autorizada por los representantes (en particular, si se trata de datos sensibles) y los representantes deben estar informados del objetivo y los destinatarios del estudio.
Además, siempre que sea posible llevar a cabo estudios sin identificar a los niños, se deberá seguir este procedimiento.

sábado 18 de abril de 2009

Las denuncias

He encontrado esta entrevista, es del 2006 pero para mí tiene ahora mucha actualidad y creo que por desgracia para más profesores.
Como no tengo tiempo de ser original y creativa en el blog me voy a "copiar" y agradezco de antemano a este Diario de Noticias y a Jesús Iribarren toda la información que me dan.
Ya volveré con muchos más temas que están invadiendo mi pensamiento.

Carmen Perón, abogada y especialista en conflictividad escolar :
"Los profesores tienen derecho a denunciar a los padres y alumnos como éstos hacen con ellos"

Carmen Perón, abogada de los servicios jurídicos de la Federación de Enseñanza de CCOO.
Pamplona.
La responsabilidad jurídica de los docentes en los centros de enseñanza públicos y privados es el título del libro que Carmen Perón explicó la semana pasada en varias sesiones de trabajo con profesorado navarro.
El libro afronta un tema de gran actualidad, la conflictividad escolar, pero desde un punto de vista nuevo que se ha convertido en una reivindicación laboral: contar con un apoyo moral y jurídico por parte de la Administración en el caso de ser denunciado o tener que denunciar.
La creciente conflictividad escolar preocupa en los centros y el profesor se encuentra en el ojo del huracán.
Muchas veces no sabe muy bien qué hacer ante situaciones problemáticas. Padres, sociedad y alumnos le exigen mucho y le dan poco.
En principio tiene que hacer lo mismo que hacen con él.
Cuando denuncian a un profesor lo hacen porque están aplicando una ley. Pues lo mismo puede hacer él, si hace falta se puede denunciar a los padres y a los alumnos, pero al profesorado le da bastante miedo esto.
Cuando se siente acosado por el alumno pueden acabar con una depresión, pero no denuncian porque se sienten desprotegidos.
Nadie les ampara. La Administración no les pone letrados, no cuentan con apoyo psicológico... Se encierran en sí mismos y acaban con problemas de ansiedad y depresión. Sin embargo, la ley existe para todos y hay que aplicarla.
También influye la falta de respeto hacia el profesorado, algo que suele empezar a veces en la propia educación que reciben en casa y eso es difícil de mejorar en el colegio. Cada vez se está dando más poder al menor y menos al adulto.
A los alumnos hay que enseñarles también a respetar, a saber que hay unas reglas en el aula, reglas que también implican a los padres.

¿Unos padres y madres que sobreprotegen a los hijos e hijas?
No se puede generalizar pero es así. Los padres rápidamente denuncian a los profesores y en cambio un docente agredido por un padre o un alumno no denuncia por desconocimiento de sus derechos y por desprotección.
Los padres tienen gran parte de responsabilidad en esto porque suelen creer que su hijo siempre tiene la razón. Eso a veces es así y otras no, como con los adultos. Además es negativo hacerles creer eso porque si uno de pequeño aprende que siempre tiene la razón imagínate qué problemas puede tener luego en la vida adulta...
Una forma de cambiar esto es dar la vuelta a la tortilla. Los niños, a partir de los 12 años, tienen capacidad de obrar, es decir, ya saben lo que hacen.
Los mayores conflictos están en Secundaria.
Hay que saber que si un menor de esta edad comete una infracción o un destrozo, subsidiariamente el padre es responsable.
De esta manera, si tiene que pagar lo que ha roto, se dará cuenta y le dirá al niño que no vuelva a hacerlo.
A los 14 años tienen ya responsabilidad penal. En esta etapa es llamativa la postura del juez de Granada que aplica castigos en forma de servicios sociales. Los justificaba en que aunque sean menores tienen que ver que han hecho algo que no deberían hacer. Si no se les acostumbra así, cuando salgan del colegio no se sabe dónde van a parar. Esto se trabaja en las aulas pero el profesor debe sentirse amparado.
Ya, pero, salvando la distancias, puede suceder como con el acoso sexual, laboral o de mujeres maltratadas. Resulta difícil dar ese primer paso de denunciar si luego no se ve claro que va a servir para algo o sale perjudicada la propia víctima que puede pensar eso de"mejor no meterse en jaleos y aguantar..."
Mi experiencia es que muchas de la denuncias que hacen los padres contra los profesores se acaban archivando y al revés.
Si hay protección legal, el profesor tiene mucho que hacer. El problema es que la Administración no le está apoyando. Existe la llamada responsabilidad patrimonial de la Administración que costea muchas de las cosas que pueden pasarle a un niño en un centro (accidentes, etc..) sin embargo un profesor que quiera denunciar tiene que acabar buscándose un abogado, pagárselo... Y un pleito por la vía penal puede salir por 8.000 euros.
Creo que la Administración debería tener un seguro de responsabilidad ante agresiones que asegurara una indemnización tanto a alumnos como a profesores. Eso y un servicio jurídico para el profesorado con cargo a su patronal, que es la Administración. Esto se traduciría en un equilibrio entre las denuncias.

¿Y esa experiencia confirma la impresión de que el profesorado está cada vez más indefenso?

Es cierto, pero sobre todo hay un gran desconocimiento sobre sus derechos. Además hay una sensación a veces de culpabilidad. Se comentan las agresiones entre ellos sin hacerlas públicas. Piensan que denunciar a un alumno supone asumir un fracaso en su profesión. Pero no es cierto, igual es que el profesor no ha fallado sino que a ese niño lo han educado mal fuera o necesita esa denuncia para aprender.
De todas formas, no hay tantas agresiones como se suele creer. Se amplifican mucho. Más que agresiones físicas hay un desgaste psicológico y denuncias de los padres por motivos a veces muy banales. Ahora ya coger por el brazo a un alumno y decirle que entre a clase se califica de agresión a un alumno...
Casi todas estas denuncias se archivan por la vía penal, y, en cambio, el profesor no denuncia. Lo asume como un deber de la educación en valores, pero educar en valores también implica hacer ver al educando que hay unas reglas.

Sí, pero con esta receta de responder a las denuncias con denuncias, ¿no se estarían judicializando los colegios? ¿No sería peor el remedio que la enfermedad?

Bueno, yo creo que no hay que judicializar el tema. Es mejor no llegar a los tribunales porque además, los jueces, a veces también se equivocan. Lo que si está claro es que la ley es para todos. Ojalá que no hubiera denuncias ni demandas, pero en el caso de que esa vía la utilice una parte del sistema educativo, el profesor también puede hacerlo. Hay que evitar las denuncias pero para eso hace falta un decálogo de actuaciones en el centro y un régimen disciplinario rápido además de la figura del mediador escolar.
Una especie de juez de paz que evite acudir a los tribunales pero que afronte el problema. En cualquier caso es prioritario que el profesorado se sienta protegido, luego que denuncie o no denuncie es cosa suya.
Lo que está también claro es que ni profesores ni padres ni el propio centro como organización están hoy preparados para gestionar lo que es un conflicto...
Quizá habría que trabajar con formación esa faceta porque obviar el problema o resolverlo en los tribunales puede ser peor...
El MEC ha puesto en marcha un observatorio sobre conflictos, un instrumento que creo que va a ser copiado por las autonomías. Está bien, pero eso no soluciona por sí mismos los problemas. Hay que trabajar en una formación de padres, alumnos y profesores en cómo actuar ante un conflicto.
Muchas veces faltan pautas para detectar los problemas cuando surgen, por ejemplo con el bullying . La solución, cuando el conflicto está ya en el médico o en el juzgado, es más complicada.

¿Qué papel juegan los medios de comunicación en estos temas?

Mi experiencia es que a veces se amplifican conflictos y se generalizan. Por ejemplo, recientemente me llamaron de un programa para hablar de conflictividad en las aulas. Como yo digo que es verdad, que hay conflictos pero en los términos que he planteado, mi testimonio no tiene interés y al final no se mete.
Da más juego sacar a un profesor de Córdoba agredido que reflexiones de fondo sobre esto. Las agresiones son puntuales, los problemas más serios están en el ámbito psicológico, pero esto vende menos para los medios.

lunes 26 de enero de 2009

No tengo tiempo

Trabajar y estudiar a la vez es difícil.
Apenas tengo tiempo para nada, pero está siendo satisfactorio.
El máster en Lingüística en la Uned es interesante, pero me cuesta mucho tiempo si mantengo el mismo ritmo en el trabajo.
Me estoy tomando unas semi vacaciones de mi blog aunque continuo leyendo a los colegas y manteniendo los del colegio.
video Reír es muy sano.